Reforma del delito de hurto

nueva reforma del delito de hurto

Con la reforma del Código Penal que ha entrado en vigor, los autores reincidentes de hurtos leves (inferiores a 400 euros) podrán ser sancionados con penas de prisión de entre 6 y 18 meses, en vez de con una multa como hasta ahora.

Como explica el BOE, del 29 de julio: “De esta forma, se consigue dar a los casos de multirreincidencia una respuesta penal más disuasoria y ajustada a la gravedad de la conducta, sin incurrir en un incremento desproporcionado de la pena”.

Esta reforma, que modifica el artículo 234, apartado 2, se aplicará a delincuentes que hayan cometido al menos tres robos por una cantidad conjunta que supere los 400 euros.

Esta reforma surgió de la necesidad de erradicar la delincuencia que cada día se da en los diferentes establecimientos comerciales por todo el territorio nacional, así como en resto de ciudadanos, debiendo facilitar la tramitación de denuncia y posterior enjuiciamiento, y como mayor respuesta punitiva al autor de los hechos.

¿Qué significa?

Los autores reincidentes de hurtos leves, inferiores a 400 euros, podrán ser sancionados con penas de prisión de entre 6 y 18 meses, en vez de una multa como hasta ahora.

¿Cuándo entró en vigor la reforma del delito de hurto?

El 28 de agosto de 2022.

Principales novedades.

En el caso de que el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por 3 delitos de hurto, los cuales estarían comprendidos en este título, aunque sean de carácter leve, siempre que sean de la misma naturaleza y que el total acumulado de las infracciones sea superior a 400€, se impondrá la pena de prisión de 6 a 18 meses.

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